
Utilizar la imagen de los billetes en publicidad sin autorización se podrá sancionar con hasta 1.000.000 de euros.
Billetes en publicidad
Nuevo régimen sancionador
La cosa parece que se pone dura en algunas materias. Las últimas enmiendas de la reforma financiera han sido aprovechadas por el Gobierno para modificar aspectos sustanciales de la normativa sobre billetes y monedas de curso legal, incorporando el régimen sancionador por incumplimiento. La mayoría de estas cuestiones incumben solo a los bancos, pero hay un punto que destaco al final que puede afectar a las empresas directamente y habrá que ser muy cauteloso porque la sanción propuesta es descomunal y a mi modo de ver completamente desproporcionada.
Resumiendo:
1.- Se fijan las competencias del Banco de España en materia de autentificación y tratamiento del dinero no apto para circulación.
2.- Se considerará infracción administrativa grave con multa de entre 30.000 euros y 1.000.000 de euros el que las entidades bancarias no garanticen la autenticidad de las monedas y billetes que pongan en circulación, que no detecten las falsificaciones, o que entreguen los billetes falsos con demora al Banco de España.
3.- Pero sin duda lo que más llama la atención es la posibilidad de sancionar con hasta 1.000.000 de euros a quienes utilicen la imagen de billetes en anuncios publicitarios sin autorización expresa.
Ramón Cerdá
no citas las fuentes? a muchos nos interesan para poder contrastar la información de una fuente fiable y poder usarlo con fines académicos.
Cuando tengo la fuente a mano añado el enlace, pero si se trata de artículos de prensa me limito a contrastar varias opiniones antes de dar la mía.