La ley de Presupuestos
Ilegalidad en el uso de los Reales Decretos
La Ley General tributaria dice textualmente:
“se regularán en todo caso por Ley la delimitación del hecho imponible, del devengo, de la base imponible y liquidable, la fijación del tipo de gravamen y de los demás elementos directamente determinantes de la cuantía de la deuda tributaria”
A esta exigencia se la conoce como reserva de Ley tributaria.
Habría que añadir que es la propia Constitución la que dice: “la Ley de presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una Ley Tributaria sustantiva así lo prevea”
Si nos referimos al IRPF extraordinario para 2012 y 2013, la Ley sustantiva a que se refiere la Constitución sería la propia Ley del IRPF. Dicha Ley habilita a la de Presupuestos para modificar el escalado y los tipos del impuesto, pero eso, según creo, no tiene nada que ver con la creación de un gravamen complementario
Otra vez se utiliza un Real Decreto para colarnos algo que debiera figurar en otro lugar, algo que debiera haberse discutido en el Parlamento que es quien tiene la autoridad para hacerlo.
En definitiva, hay muchos visos de ilegalidad en la medida que Rajoy ha incluido para 2012 y 2013 en la Ley de Presupuestos.
Ramón Cerdá

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Me gustaría saber su opinión sobre el llamado “pensionazo” que afectó a las clases pasivas del Estado y que entró en vigor el 01-01-09. Ha sido recurrido al Constitucional y se está a la espera de resolución. Gracias
No tengo una opinión formada al respecto, pero mi opinión general ante los recortes sociales está clara: no comparto las medidas del Gobierno.
Muchas gracias.