¿SIRVE DE ALGO QUEJARSE A HACIENDA?

A poco que hayan tenido trato con la Administración, me imagino lo que pensarán al respecto: ¿Para qué van a quejarse si quien contesta es la propia Hacienda? Y en parte no les falta razón, pero no siempre es así si uno puede ser lo suficientemente insistente, o lo que es lo mismo visto desde el lado de quien recibe las quejas: MOLESTO.

Por mi experiencia personal, les puedo decir que en el plazo de año y medio aproximádamente, he presentado cerca de 1.000 quejas por escrito a distintas Administraciones de Hacienda. Al principio me da la sensación de que se lo tomaron un poco en broma, pero lo cierto es que gracias a ello he conseguido que se me escuche, y he podido hacer que un par de cosas funcionen algo mejor en el trato de Hacienda conmigo.

Ustedes dirán:

¿Pero cómo voy a presentar yo mil quejas por escrito?

Por supuesto eso no es necesario, salvo casos extremos, pero sí que les aconsejo que PRESENTEN TODAS LAS QUEJAS que consideren oportunas, sin  pensar en que no van a servir de nada.

QUÉJENSE…

-cuando la Administración de Hacienda se retrase en alguna devolución o en la contestación de cualquier solicitud o escrito (aunque sea solo unos días)

-cuando crean que no han sido tratados correctamente por el funcionario de turno.

-cuando alguien les ponga mala cara por el simple hecho de pedir algo a lo que usted tiene derecho.

-cuando le hacen ellos la renta y luego quieren hacerle responsable de que está mal.

-cuando usted hace la renta basándose en los datos que ellos mismos le han facilitado y luego le exigen más; por lo visto ellos pueden olvidar algo, pero usted es un criminal si lo hace.

-cuando presenta algo en registro de entrada y le pegan como justificante una etiqueta de PAPEL TÉRMICO que al cabo de pocos meses se ha borrado como si hubieran utilizado tinta mágica o invisible provocándole a usted una clara indefensión.

-cuando recibe requerimientos abusivos o del todo improcedentes.

-cuando le piden que presente algo que realmente ya ha presentado antes.

-cuando el interés de Hacienda hacia su empresa o persona es mayor del que sería lógico pensar y después de una comprobación le hacen otra, y después de esta otra más…

-cuando tiene una inspección y el inspector de turno le abre un acta aparentemente sin sentido que él mismo sabe que tiene perdida si la lleva a Tribunales, pero que le computa para los objetivos y comisiones que se embolsan. Recuerde que el inspector cobra una comisión del acta levantada aunque usted finalmente recurra y no pague. Esto les hace a veces ser muy atrevidos y abrir actas sin ton ni son con el único fin de cubrir cifras.

En definitiva, no piense nunca que su queja no va a servir de nada. Si finalmente TODOS nos quejáramos por escrito de todo lo que Hacienda hace mal, finalmente se verían obligados a reaccionar y no actuarían con tanto pisotón al contribuyente.

En mi caso concreto puedo decirles que ha conseguido un par de cosas que otro hubiera supuesto imposibles:

1.- Por mi actividad, es evidente que solicito de la Administración de Hacienda el otorgamiento de numerosos NIFs (bastantes más del 1.000 al año). Hacienda tiene un plazo de 10 días para otorgarlos, pero a mí han llegado a tenerme sin NIFs durante más de dos meses, lo cual es claramente injusto y ha sido muy perjudicial para mi negocio. Desde noviembre de 2005 decidí presentar una queja por cada uno de los NIFs que se retrasaran, y cierto que al principio no sirvió de gran cosa, pero puedo asegurarles que en la actualidad se cumplen los plazos con la suavidad de un guante de seda y sin presiones por mi parte.

2.- En el plazo de dos años, Hacienda me ha abierto 4 inspecciones distintas (ellos llaman a tres de ellas meras comprobaciones, pero lo cierto es que me han pedido hasta el número de zapato que calzo y jode tanto -con perdón- una inspección como una comprobación. El nombre es lo de menos). Cuando estaba finalizando la cuarta y me tenían que devolver algo más de 18.000 euros por retenciones practicadas ¡en 2004!, no se les ocurre otra cosa que volverme a pedir todas las facturas del 2004, muy a pesar de que eso ya había sido inspeccionado y yo lo había aportado a Hacienda en dos ocasiones anteriores distintas. En este caso tuve que hacer dos cosas; por un lado me negué rotundamente y por escrito a volver a presentar la documentación, diciendo que si querían volverlo a inspeccionar (lo cual me parecía un abuso), tendrían que echar mano de sus archivos porque el contribuyente no tiene por qué aportar más de una vez la documentación a una misma Administración. Inmediata y paralelamente, realicé la queja oportuna. Pues bien, acabo de recibir el cheque de los 18.000 euros y la inspección ha sido totalmente cerrada.

Claro que lo de las quejas tiene su especial modo de proceder también, y Hacienda se las trae en sus contestaciones:

1.- Jamás contestarán a todos los puntos que usted plantee si pueden evitarlo.

2.- En sus contestaciones serán vagos y no se “mojarán”

3.- Cuando reclame por algún plazo indebido, antes de contestar se aseguraran de haber realizado el trámite y luego en la contestación a la queja se limitarán a decirle que lo han comprobado y el trámite está hecho, pero nunca admiten que ha habido un retraso ni quieren dar explicación alguna, ni que han realizado el trámite con premura después de usted quejarse.

4.- Para contestar a las quejas disponen de 15 días, a pesar de que en los impresos ellos ponen 25 días. Aún estoy esperando que alguien me aclare esta discordancia, pero ante mi última queja se limitaron a enviarme copia del decreto que habla de los plazos (donde dice claramente 15 días). El caso es que si no contestan en plazo, yo presento otra queja, pero curiosamente, esta segunda queja NO LA ADMITEN porque es reiterante… ¡PERO SIGUEN SIN CONTESTAR A LA PRIMERA! ¿Necedad? ¿Cables cruzados? ¿Desprecio al contribuyente? ¿Prepotencia? Llámenlo como ustedes quieran.

Mi consejo:

NO SE DEJEN AMEDRANTAR Y QUÉJENSE DE TODO LO QUE SEA SUSCEPTIBLE DE FORMULAR QUEJA.

Presenten la queja en la propia Agencia Tributaria que corresponda, con la indicación de que va dirigida al DEFENSOR DEL CONTRIBUYENTE… y si no le contestan, no duden en volver a quejarse las veces que sea necesario. Está en su derecho a hacerlo.

Ramón Cerdá

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El contenido de ¿SIRVE DE ALGO QUEJARSE A HACIENDA? por Ramón Cerdá, salvo que se indique expresamente, esta licenciado bajo Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 3.0 Unported License.

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7 Comentarios.

  1. PABLO LOPEZ GONZALEZ

    HE RECIBIDO UNA CARTA DE HACIENDA EN LA QUE ME OBLIGAN A PAGAR LA CANTIDAD DE 1070,32 EUROS.
    YA QUE SEGÚN DETALLAN EN LA CARTA ESTABA OBLIGADO A PRESENTAR LA DECLARACIÓN DE LA RENTA CORRESPONDIENTE AL AÑO 201O, EN LA QUE MIS INGRESOS NO LLEGARON NI A 17000 EUROS.
    AL ACUDIR A LA OFICINA DE HACIENDA ME DICE QUE POR TENER DOS “PAGADORES” ESTABA OBLIGADO A REALIZAR LA DECLARACIÓN,
    ¿AL CIUDADANO DE A PIE QUIEN LE INFORMA DE ESTAS PENOSAS LEYES?
    CUAL ES MI SORPRESA CUANDO ME INDICAN QUE EL SEGUNDO PAGADOR ES DESDE EL 10-10-2010 EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO!!
    ES UN SUBSIDIO A LOS QUE DESGRACIADAMENTE NOS DESEMPLEAN Y EL POCO DINERO QUE TE DAN PARA SOBREVIVIR LUEGO TE LO QUITAN EN LA DECLARACIÓN DE FORMA COMPLETAMENTE ABUSIVA, POR LO TANTO POR QUE LO LLAMAN SUBSIDIO CUANDO Y A LA VEZ SEGUNDO PAGADOR.
    NO LO RETIENEN YA DE LA NOMINA DEL TRABAJADOR? Y EL SUBSIDIO A LOS QUE POR DESGRACIA NO NOS QUEDA OTRA QUE PEDIRLO NO LOS CORRESPONDE POR LO ANTERIORMENTE COTIZADO?? ES UN ENGAÑO COMO OTRO MAS DE UN SISTEMA QUE HACE AGUAS POR TODAS PARTES, Y QUE A LOS CIUDADANOS HONRADOS NOS IMPONEN.
    POR SI ESTO FUESE POCO PUEDE QUE ME SANCIONEN CON UNA CANTIDAD DEL 50% DE LO QUE TENGO QUE PAGAR, POR OCULTAR DATOS A LA ADMINISTRACIÓN!!! QUE ABERRACIÓN, UN 50%, 500 EUROS!!
    SIN COMETER NINGÚN DELITO!!!
    LAMENTABLE!!
    PARA QUE ALGUNO META MANO Y SE LO LLEVE!!
    DE UN DINERO QUE GANE CON EL SUDOR DE MI FRENTE HONRADAMENTE!
    QUE PUEDO HACER Y COMO PUEDO PRESENTAR UNA QUEJA?
    QUE PUEDO HACER ANTE ESTE ABUSO?

    • Independientemente de la queja que pueda presentar como le he comentado en su anterior consulta, estaría bien que presentara un recurso indicando que no está de acuerdo con la sanción. Indique que nunca pensó que el paro fuese considerado como segundo pagador a efectos de la renta, el problema es que el desconocimiento de las normas no es motivo suficiente para no cumplirlas. Estoy con usted y me parece un abuso (otro más como los cientos que cometen cada día), pero si estaba obligado a presentarla, resultará difícil conseguir que no le apliquen la sanción.

  2. PABLO LOPEZ GONZALEZ

    como puedo formular una queja? al menos ser un poco pesado, ante lo rematadamente mal que funciona la hacienda y el sistema en general.

    • Es muy sencillo, simplemente debe dirigir su escrito a la Agencia tributaria o Administración de Hacienda ante la que se quiera quejar indicando en los datos de envío: Consejo para la Defensa del Contribuyente, ser claro en la queja y en los motivos e indicar el domicilio donde quiera recibir la respuesta. Si no recuerdo mal creo que tienen quince días para contestarle.

  3. yo necesito urgente ayuda ya va casi 6 meses que una funcionaria se rie esa es la palabra se rie del ex jefe de mi marido le toca devolución de hacienda ya que la empresa se fue a quiebra y ella dice que no entiende que se ve difícil pidio documentos se le entregaron se fue a preguntar como iba y ella no revisa y dice perdon yo no te conozco porque quieres hablar conmigo y el le responde soy tal persona y me llevas la devolución y ella responde riéndose a eso no mal no se ve difícil mmmmm esta dificil a mi marido le debe su ex jefe 10.000 euros que le dara de la devolución pero como puedo esperara algo de esa funcionaria si se rie y estoy embarazada y necesitando ese dinero urgente estoy desesperada no se como puedo confiar que si se han quejado contra ella y ella se mofa y luego te dicen no te quejes porque no te hará las cosas… ¿que puedo hacer pido ayuda porfavor ?

    • Lamentablemente en una situación como esa poco se puede hacer salvo presentar una queja formal y por escrito lo más documentada y detallada posible, indicando todo el perjuicio que con su actitud puede estar ocasionando la funcionaria en cuestión.

  4. El despacho EIA, aprueba y comparte tu opinión: Lamentablemente, tenemos que quejarnos para que hacienda cumpla la Ley, en un Estado de Derecho esto debería pasar excepcionalmente. Las AAPP deben funcionar con eficiencia y excelencia para el bien del Estado del Bienestar. Los ciudadanos no podemos permitir el abuso y la exclusión de los principios tributarios: Capacidad económica,Progresividad, No confiscación,Igualdad,función extrafiscal, Por último está la equitativa distribución de la carga tributaria, pero esta equidad no puede ser contraria a la Constitución.
    Felicidades por el artículo. Saludos